Luego de ser aprobada en cuarto y último debate por el Congreso, la ley que establece sanciones de tipo penal para cirujanos que utilicen sustancias modelantes no permitidas finalmente recibió la firma del presidente Gustavo Petro.
Por medio de la ley 2316, del 17 de agosto de 2023, “se crea el tipo penal de lesiones personales con sustancias modelantes invasivas e inyectables no permitidas —biopolímeros—”, reza el documento.
De igual forma, en el objeto de la ley, se apunta a regular el uso, comercialización y aplicación de algunas sustancias. De igual manera, plantea la creación de medidas a favor de las víctimas y la promoción de estrategias preventivas frente al uso de los biopolímeros.
También definieron que estos elementos “son sustancias que contienen una gran variedad de macromoléculas producidas por agentes biológicos o por sintetización química. Los biopolímeros pueden actuar en conjunto con sistemas biológicos con el fin de tratar, aumentar o sustituir algún tejido, órgano o función del organismo humano”, según se detalla en el artículo 2 de la ley en mención.
Respecto a las sanciones contempladas, el artículo 3 adiciona las siguientes al Código Penal colombiano:
Artículo 1168. Lesiones con sustancias modelantes no permitidas: el que inyecte o infiltre en el cuerpo de otra persona sustancias modelantes no permitidas incurrirá en prisión de treinta y dos (32) a ciento veinte (120) meses y multa de ciento cincuenta (150) o doscientos cincuenta (250) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Ahora bien, en caso de que la acción sea cometida por un profesional de la salud, la pena será de noventa y seis (96) a ciento ochenta (180) meses de prisión, multa de doscientos (200) a trescientos (300) salarios mínimos legales mensuales vigentes y la inhabilidad para el ejercicio de su profesión por un término de sesenta (60) meses.
“Si las conductas descritas previamente se cometieran en menores de 18 años o mediante engaño sobre la sustancia modelante no permitida, o afectare el rostro, las penas se aumentarán de una tercera parte a la mitad”, establecer la norma.
En su artículo 4, la ley también dispone que el Ministerio de Salud y Protección social, a través del Invima, dentro de los tres meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente norma, deberá expedir un listado que contenga las sustancias modelantes permitidas.
Dicho listado deberá ser tenido en cuenta por aquellas personas que acudan al cirujano para realizarse cualquier tipo de procedimiento estético.
“El Ministerio de Salud y Protección Social diseñará e implementará una estrategia de atención, promoción y prevención, sobre los riesgos y daños a la salud humana derivados de aplicación de sustancias modelantes no permitidas”, agrega el decreto. A su vez, resalta que dicho plan deberá:
Difundir la información relacionada con las medidas adoptadas en favor de las víctimas, las infracciones y sanciones que acarrea el uso de sustancias modelantes no permitidas y los canales de denuncias dispuestos para las víctimas.
Publicar los mecanismos de consulta del listado de instituciones y profesionales habilitados para la realización de procedimientos médicos y quirúrgicos con fines estéticos, así como el listado de las sustancias modelantes expedido por el Ministerio de Salud y Protección Social.
La sanción de esta ley es muy importante para para el país teniendo en cuenta el amplio historial de víctimas existente por cuenta del uso de biopolímeros. Con la ejecución de la nueva normativa, las personas que han sido afectadas por estos procedimientos —en especial las mujeres— tendrán canales de ayuda no solo para conseguir justicia, sino también para tratar aquellos quebrantos de salud que les ocasione el empleo de sustancias modelantes no permitidas.
Desde su aprobación en el Congreso, la ahora ley de la República recibió el espaldarazo de varias figuras públicas que sufrieron en carne propia los efectos de los biopolímeros.
La senadora Norma Hurtado, del Partido de la U, y autora de la iniciativa celebró la firma del presidente Petro. “Logramos la sanción de la ley que brinda la protección de los biopolímeros y las sustancias modelantes tóxicas”, aseguró Hurtado. Dijo que las penas de cárcel podrán ir desde 2 y medio años hasta los 10 años y multas entre 150 salarios mínimos a 250.
Por su parte, el senador Carlos Fernando Motoa, del partido Cambio Radical, ponente de la ley, también celebró que el presidente haya firmado el documento. “Se trata de una Ley que garantiza la atención médica y psicológica de las víctimas de biopolímeros; que impulsa la creación de un registro nacional de centros de venta, profesionales y/o clínicas dedicadas a los procedimientos estéticos; y que en última instancia tipifica como delito el uso de estas sustancias”, aseguró Motoa.
Además, dijo que el el 95% de las víctimas de los biopolímeros son mujeres, por lo que se trata de una ley que esencialmente protege a la mujer colombiana “contra profesionales de la salud inescrupulosos y clínicas de garaje que estarían inyectando estas sustancias sin ningún reparo”, dijo el senador.